AFIP prorrogó el beneficio de la reducción de contribuciones patronales

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Desde La Cámara de Comerciantes Mayoristas e Industriales (CADMIRA) informamos que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), mediante la Resolución General 4833/2020, oficializó una nueva prórroga de la reducción de hasta el 95% del pago de las contribuciones patronales con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA).

Las actividades económicas contempladas por el clasificador dispuesto AFIP suma al período devengado de septiembre a la excepción impositiva exclusiva para los empleadores comprendidos de acuerdo al sector.

De esta manera, los beneficiados podrán chequear las “actividades afectadas en forma crítica” desde el sitio web www.afip.gob.ar, para luego ser caracterizados en el “Sistema Registral” con el código “461 – Beneficio Dto. 332/2020 Reducción de Contribuciones S.S.”.

Dicha caracterización podrá ser consultada accediendo al servicio con clave fiscal denominado “Sistema Registral” opción consulta, datos registrales, caracterizaciones.

Los sujetos cuya actividad principal se encuentre incluida en el listado de actividades publicado en el sitio “web” institucional, gozarán del beneficio de postergación del vencimiento para el pago de las contribuciones patronales SIPA del período devengado septiembre de 2020, debiendo realizar el mismo hasta las fechas que, según la terminación del CUITdel contribuyente, se detallan a continuación:

TERMINACIÓN CUITFECHA
0, 1, 2 y 314/12/2020
4, 5 y 615/12/2020
7, 8, y 916/12/2020

Los empleadores alcanzados por el beneficio, podrán acceder para la cancelación de dichas obligaciones al régimen de facilidades de pago establecido por la Resolución General 4734/2020 sus modificatorias y complementaria,desde el 1 de diciembre de 2020 y hasta el 31 de enero de 2021, inclusive.

Por otra parte, para una adecuada instrumentación de los beneficios del Programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, la medida prorroga el vencimiento general de presentación y pago de la declaración jurada determinativa de aportes y contribuciones con destino a la seguridad social correspondiente al período devengado septiembre de 2020, conforme el siguiente cronograma:

TERMINACIÓN CUITFECHA
0, 1, 2 y 314/12/2020
4, 5 y 615/12/2020
7, 8, y 916/12/2020

Para acceder a la Resolución General 4833/2020, clic aquí.